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Modificación del anexo relativo a la histamina en los productos de la pesca

VADEMECUM - 06/11/2013  LEGISLACIÓN

Reglamento (UE) nº 1019/2013 de la comisión de 23 de octubre de 2013 que modifica el anexo I del Reglamento (CE) nº 2073/2005

REGLAMENTO (UE) Nº 1019/2013 DE LA COMISIÓN de 23 de octubre de 2013 que modifica el anexo I del Reglamento (CE) nº 2073/2005 en lo relativo a la histamina en los productos de la pesca

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, y, en particular, su artículo 4, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) nº 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios, establece los criterios microbiológicos para determinados microorganismos y las normas de aplicación que deben cumplir los explotadores de empresas alimentarias al aplicar las medidas de higiene generales y específicas contempladas en el artículo 4 del Reglamento (CE) nº 852/2004. En particular, establece criterios de seguridad alimentaria relativos a la histamina y planes de muestreo de los productos procedentes de especies de pescados asociados a un alto contenido de histidina.

(2) La salsa de pescado producida por fermentación es un producto de la pesca líquido. La Comisión del Codex Alimentarius ha fijado nuevos niveles máximos recomendados de histamina en dicha salsa de pescado, que difieren de los establecidos en el anexo I del Reglamento (CE) nº 2073/2005. Dicha recomendación está en línea con la información sobre los datos de exposición de los consumidores que presentó la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («EFSA») en su dictamen científico sobre el control, basado en el riesgo, de la formación de aminas biógenas en alimentos fermentados.

(3) Como la salsa de pescado es un producto de la pesca líquido, cabe esperar una distribución uniforme de la histamina. Por ello, el plan de muestreo puede ser más sencillo que el de otros tipos de productos de la pesca.

 

Fuente: Unión Europea

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