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Modificación del Reglamento que lista las sustancias esenciales para el tratamiento de équidos
Reglamento (UE) nº 122/2013 de la comisión
REGLAMENTO (UE) N o 122/2013 DE LA COMISIÓN LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Vista la Directiva 2001/82/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos veterinarios, y, en particular, su artículo 10, apartado 3, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) nº 1950/2006 de la Comisión establece una lista de sustancias esenciales para el tratamiento de los équidos, que, no obstante lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva 2001/82/CE, pueden administrarse a los équidos destinados al sacrificio para consumo humano, a condición de observar un tiempo de espera de al menos seis meses. Fuente: Unión Europea |
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