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La AEMPS actualiza la información sobre los problemas de suministro de BCG intravesical

A partir del 1 de octubre no será necesario solicitar BCG intravesical a través de la aplicación de Medicamentos en Situaciones Especiales (MSE), que gestiona la AEMPS, ya que se ha vuelto a comercializar Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical.

Fecha de publicación: 02 de octubre de 2023

Fecha de actualización: 06 de octubre de 2023

Categoría: medicamentos de uso humano
Referencia: MUH, 19/2023

  • A partir del 1 de octubre no será necesario solicitar BCG intravesical a través de la aplicación de Medicamentos en Situaciones Especiales (MSE), que gestiona la AEMPS, ya que se ha vuelto a comercializar Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical
  • Además, el medicamento Oncotice 2-8 x 10(8) UFC Polvo para Suspensión Intravesical finalizará sus problemas de suministro causados por el aumento de la demanda del mismo

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha venido informando de los problemas de suministro de los medicamentos autorizados que contienen BCG intravesical, de las alternativas disponibles y de la manera de distribuir estos medicamentos para paliar esta situación. Laboratorios Gebro Pharma, S.A., representante local del titular de la autorización de Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical, 1 vial (número de registro: 64882, código nacional: 778324) ha comunicado a la AEMPS la nueva comercialización de este medicamento.

Por tanto, las previsiones de liberación de unidades por parte de Merck Sharp and Dohme (MSD), laboratorio titular del medicamento Oncotice 2-8 x 10(8) UFC Polvo para Suspensión Intravesical, 3 viales (número de registro: 61377, código nacional: 674275), y Laboratorios Gebro Pharma, S.A., representante local del titular de la autorización de comercialiazación de Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical, 1 vial (número de registro: 64882, código nacional: 778324), permiten cubrir totalmente la demanda prevista para los próximos meses de medicamentos con principio activo BCG intravesical. En consecuencia, ya no será necesario solicitar estas unidades a través de la aplicación de Medicamentos en Situaciones Especiales (MSE), que gestiona la AEMPS.

Cualquier cambio en la situación de suministro de estos medicamentos será comunicado por la AEMPS, como se hace habitualmente para el resto de medicamentos registrados en España.

Se informa de que la AEMPS, para facilitar el seguimiento de este tipo de problemas, dispone en su página web de un listado con los problemas de suministro, cuya información se mantiene actualizada de forma permanente.

  • A partir del 1 de octubre de 2023, tanto Oncotice 2-8 x 10(8) UFC Polvo para Suspensión Intravesical, 3 viales (número de registro: 61377, código nacional: 674275), como Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical, 1 vial (número de registro: 64882, código nacional: 778324), podrán ser prescritos con normalidad, dado que su suministro estará restablecido.

  • A partir del 1 de octubre de 2023, tanto Oncotice 2-8 x 10(8) UFC Polvo para Suspensión Intravesical, 3 viales (número de registro: 61377, código nacional: 674275), como Vejicur Polvo y Disolvente para Suspensión Intravesical, 1 vial (número de registro: 64882, código nacional: 778324), podrán ser prescritos con normalidad, dado que su suministro estará restablecido.

Fuente: Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
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