Iodohipurato sódico (123 I) (V09CX01)

Evaluar riesgo/beneficio Embarazo
Evaluar riesgo/beneficio
lactancia: evitar Lactancia: evitar
lactancia: evitar

Varios  >  Radiofármacos para diagnóstico  >  Sistema renal  >  Otros radiofármacos para diagnóstico del sistema renal


Radiofármacos para el diagnóstico del sistema renal.

Indicaciones terapéuticas
Iodohipurato sódico (123 I)

Evaluación de la función renal: determinación del flujo plasmático renal efectivo; función renal de cada riñón y regional (en riñones duplicados); localización de parénquima renal intacto. Renograma para estudios de perfus. y función y estudios del tracto urinario.

Posología
Iodohipurato sódico (123 I)

Contraindicaciones
Iodohipurato sódico (123 I)

Hipersensibilidad.

Advertencias y precauciones
Iodohipurato sódico (123 I)

Pacientes sensibles a derivados iodados. En I.R. es posible que aumente la exposición a la radiación. Administrar a pacientes suficientemente hidratados.

Insuficiencia renal
Iodohipurato sódico (123 I)

Precaución.

Interacciones
Iodohipurato sódico (123 I)

Con probenecid reduce la fracción de extracción renal del iodohipurato de sodio.
Modifican hemodinámica renal: dopamina, furosemida, ciclosporina, inhibidores de la encima de conversión de la angiotensina en presencia de HTA renovascular y alteran la fracción de extracción basal del iodohipurato de sodio redistribuyendo una fracción variable del flujo plasmático renal de los vasos corticales a los medulares.
Inducen tubulopatías transitorias (medios de contraste iodados) o prolongadas (ciclosporina, cisplatino) pueden reducir la fracción de extracción (no relacionada con una reducción proporcional de la tasa glomerular).

Embarazo
Iodohipurato sódico (123 I)

Los procedimientos con radionucleidos llevados a cabo en mujeres embarazadas suponen además dosis de radiación para el feto. No debe administrarse durante el embarazo a menos que sea estrictamente necesario o cuando el beneficio para la madre supere el riesgo del feto.

Lactancia
Iodohipurato sódico (123 I)

Antes de administrar a una madre que está amamantando a su hijo/a, debe considerarse la posibilidad de retrasar razonablemente la exploración hasta que la madre haya suspendido la lactancia y plantearse si se ha seleccionado el radiofármaco más adecuado, teniendo en cuenta la secreción de actividad en la leche materna. Si la administración durante la lactancia es inevitable, la lactancia debe suspenderse durante 12 horas tras la administración y desecharse la leche extraída durante ese periodo. Debe considerarse la posibilidad de extraer leche antes de la administración y almacenarla para su uso posterior. La lactancia puede reanudarse cuando el nivel de radiactividad en la leche materna no suponga una dosis de radiación para el hijo/a superior a 1 mSv.

Monografías Principio Activo: 01/01/2015

Ver listado de abreviaturas