AIRFLUSAL FORSPIRO Polvo para inhal. 50 mcg/250 mcg
ATC: Salmeterol y fluticasona |
PA: Fluticasona propionato, Salmeterol xinafoato |
EXC: Lactosa monohidrato y otros. |
Envases
Fluticasona propionato
Sustancia prohibida en competiciónSustancia específica
Categoría: S9. Glucocorticosteroides -
Están prohibidos todos los glucocorticosteroides que se administran por vía oral, intravenosa, intramuscular o rectal.
De acuerdo con la Norma Internacional para las Autorizaciones de Uso Terapéutico, el deportista debe realizar una Declaración de Uso para los glucocorticosteroides que se administren por vía intraarticular, periarticular, peritendinosa, peridural, intradérmica y por inhalación, salvo lo dispuesto en el párrafo siguiente.
Los preparados de uso tópico que se utilicen para desórdenes óticos, bucales, dermatológicos (incluyendo iontoforesis/fonoforesis), gingivales, nasales, oftalmológicos, y perianales no están prohibidos y no requieren ningún tipo de Autorización de Uso Terapéutico, ni Declaración de Uso.
La actual Resolución ha eliminado las referencias a las AUT abreviadas.
Esta Sustancia se considera en la La Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos como Sustancia Específica*. *Son aquellas sustancias que sean particularmente susceptibles de causar una violación de norma antidopaje no intencionada a causa de su disponibilidad general en medicamentos o que sean menos probables de utilizarse con éxito como agentes de dopaje. Una violación de la norma antidopaje en la que estén involucradas dichas sustancias puede originar una reducción de sanción siempre y cuando el Deportista pueda demostrar que el uso de la sustancia específica en cuestión no fue con intención de aumentar su rendimiento deportivo.
Salmeterol xinafoato
Sustancia prohibida en competición y fuera de competiciónSustancia específica
Categoría: S3. Agonistas beta-2 -
Están prohibidos todos los beta-2 agonistas (incluidos sus dos isómeros ópticos cuando corresponda), salvo el salbutamol (cantidad máxima de 1.600 microgramos en 24 horas), el formoterol (cantidad máxima de 54 microgramos en 24 horas) y el salmeterol (cantidad máxima de 200 microgramos en 24 horas) , si se administran por inhalación, para su uso terapéutico, de acuerdo con las recomendaciones del fabricante.
A pesar de la concesión de una Autorización de Uso Terapéutico, una concentración de salbutamol (libre más glucurónido) mayor de 1000 ng/ml se considerará Resultado Analítico Adverso a menos que el Deportista demuestre que el resultado anormal fue consecuencia de una dosis terapéutica de salbutamol inhalado.
Las referencias a las Autorizaciones de Uso Terapéutico Abreviadas desaparecen en la actual Resolución.
Esta Sustancia se considera en la La Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos como Sustancia Específica*. *Son aquellas sustancias que sean particularmente susceptibles de causar una violación de norma antidopaje no intencionada a causa de su disponibilidad general en medicamentos o que sean menos probables de utilizarse con éxito como agentes de dopaje. Una violación de la norma antidopaje en la que estén involucradas dichas sustancias puede originar una reducción de sanción siempre y cuando el Deportista pueda demostrar que el uso de la sustancia específica en cuestión no fue con intención de aumentar su rendimiento deportivo.