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La AEMPS recomienda utilizar el Procedimiento Voluntario de Armonización antes de solicitar autorización de ensayo clínico multi-estado |
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| Última actualización: 16/07/2012 Categoría: AEMPS, MEDICAMENTOS DE USO HUMANO, INVESTIGACIÓN CLÍNICA. Se cumplen más de dos años desde la puesta en marcha en la Unión Europea del Procedimiento Voluntario de Armonización (VHP, Voluntary Harmonisation Procedure) en la evaluación de ensayos clínicos multiestado. El procedimiento está coordinado por el Clinical Trials Facilitation Group (CTFG), grupo de trabajo establecido en el año 2004 por los Jefes de las Agencias de Medicamentos de la UE (Heads of Medicines Agencies, HMA) para coordinar la aplicación de la Directiva 2001/20/CE sobre ensayos clínicos en todos los Estados miembros e integrado por representantes de las agencias nacionales. El VHP consiste en una evaluación coordinada y simultánea de la documentación de un ensayo clínico por las autoridades competentes de los Estados miembros involucrados en el ensayo. Este procedimiento se encuentra descrito en la guía “Guidance document for a Voluntary Harmonisation Procedure (VHP) for the assessment of multinational Clinical Trial Applications”1. Aspectos Clave del VHP
Experiencia y logros del VHP
¿Dónde encontrar la guía sobre el Procedimiento Voluntario de Armonización? ¿Dónde enviar las solicitudes, dossieres y preguntas relacionadas? ¿Dónde solicitar ayuda? Puede encontrarse más información en Referencias * El resultado de la evaluación en el VHP es vinculante cuando la solicitud se remite posteriormente de forma oficial a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Para que el ensayo pueda autorizarse en un plazo de 10 días desde que se recibe la solicitud válida, debe remitirse a la AEMPS el dictamen favorable del CEIC (Comité Ético de Investigación Clínica) y la conformidad de la dirección del centro. Si no fuera así, el plazo de autorización se prolongaría hasta disponer de ambos documentos. |
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